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Hadley Bajramovic.
Hadley Bajramovic.
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Queridos lectores:

La orden ejecutiva del presidente con fecha del 6 de Marzo, del 2017, que más comúnmente se conoce como “Travel Ban,” no afectará a residentes permanentes legales o personas con visas validas de inmigración. La orden titulada, “Protegiendo nuestro país de la entrada de terroristas extranjeros a los Estados Unidos”, fue firmada por el presidente en marzo.

La nueva orden reemplaza una orden previa, que fue bloqueada por las cortes por cuestiones constitucionales. La nueva orden ejecutiva bloquea a viajeros de Siria, Sudan, Libia, Somalia, Yemen e Irán, de poder entrar a los Estados Unidos por 90 días.

Esta orden impactará a personas que se encuentren fuera del país que no tengan visa vigente, antes del 27 de enero del 2017. La nueva orden ejecutiva también suspende el programa de refugiados de los Estados Unidos por 120 días, y establece que, al terminar los 120 días, el gobierno solo aceptará 50,000 refugiados por año.

La nueva orden ejecutiva no afectará los planes de viajar de personas que tengan la residencia permanente legal o que tengan visas validas de inmigración, aunque sean nacionales de los 6 países que se mencionaron previamente.

Basado en el escrito de la orden ejecutiva, residentes permanentes legales podrán salir y reingresar al país sin problema.

Este otoño, la corte suprema de los Estados Unidos tomará el caso para determinar la constitucionalidad de la orden ejecutiva. Por mientras, la corte suprema ha dejado que la orden tome efecto solo para nacionales extranjeros que no tengan “relaciones de buena fe” en nuestro país, aunque aún no es muy claro que determina tener una “relación de buena fe”.

Esperamos que la corte pronto clarifique esto.

Pero, como siempre, las circunstancias y consecuencias legales pueden variar dependiendo en su situación.

Si tiene preguntas antes de viajar al extranjero, primero consulte con un abogado de inmigración con experiencia.